NIIF para PYMES en Chile
El Colegio de Contadores de Chile A.G. en virtud de sus atribuciones contenidas en la letra «g» del artículo 13 de la Ley N° 13.011 se encuentra obligado a emitir normas relativas a la profesión contable, y a su vez respondiendo al compromiso asumido por el país en el marco del proceso de globalización de nuestra economía, desde el año 2005 se encuentra abocado ha desarrollar un proceso integral de adopción y convergencia de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Chile (PCGA chilenos) a las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS por su sigla en inglés), emitidas por la Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por su sigla en inglés).
Dado lo anterior, en septiembre del año 2010 la Comisión de Principios y Normas de Contabilidad del Colegio de Contadores de Chile A.G. aprueba la emisión del «Boletín Técnico 82» que presenta la adopción integral, explicita y sin reservas de las Normas Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Empresas (NIIF para PYMES).
Alcance:
El alcance de la presente normativa al igual que lo establece la Sección 1 – Pequeñas y Medianas Entidades de la NIIF para PYMES, establece:
Se entenderá por pequeñas y medianas entidades las que:
- No tienen obligación pública de rendir cuentas, y
- Publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Son ejemplos de usuarios externos los propietarios que no están implicados en la gestión del negocio, los acreedores actuales o potenciales y las agencias de calificación crediticia.
Fecha de aplicación:
Adicionalmente, el Boletín Técnico 82 del Colegio de Contadores de Chile, establece la obligatoriedad de aplicación de Normas Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Empresas (NIIF para PYMES) a partir del ejercicio 2013 y recomienda a la vez, su aplicación anticipada.
Los siguientes son las simplificaciones clave de la NIIF para PYMES:
- Algunos temas contenidos en las NIIF completas son omitidos a causa de que no son relevantes para las PYMES.
- Algunos tratamientos de políticas contables no son permitidos, ya que se dispone de un método simplificado.
- Simplificación de los principios de reconocimiento y valorización que están en las NIIF completas.
- Sustancialmente menores revelaciones, lenguaje y explicaciones simplificados.
- Cuantitativamente la NIIF para PYMES tiene cerca del 10% del tamaño de los NIIF completas.
Proceso de Convergencia:
La Sección 35 – Transición a la NIIF para las PYMES, establece las directrices para este proceso, sin embargo, este puede ser ilustrado en consecuencia a los antecedentes entregados en los párrafos precedentes como sigue a continuación: